Qué hacer para fotografiar o grabar especies protegidas en Cataluña
En Catalunya hay una normativa para fotografiar y grabar especies y entornos naturales, sobre todo si son protegidos. Por eso es importante estar informado.
La fotografía de la naturaleza se ha convertido en una afición común. No es necesario ser un fotógrafo profesional ni tener un gran equipo per inmortalizar paisajes naturales de gran belleza o animales en su hábitat natural. Pero sí que es necesario tener algunas cosas en mente.
La primera, y muy importante, es que hay que evitar causar daños o molestias a las especies, acciones que pueden ser objeto de multas, en algunos casos graves. De hecho, directamente está prohibido molestar o inquietar intencionadamente a cualquier especie durante todo el año según las normativas estatales y autonómicas.
También es importante conocer bien las especies y/o los espacios naturales que se quieren fotografiar, porque puede haber épocas más sensibles para las especies o que no se pueda acceder a ciertos lugares. En estos casos, es importante conocer la normativa al respecto, porque quizá serán necesarias autorizaciones especiales.
En el caso de mamíferos y pájaros, la fotografía está incluida en el “Decreto que regula las actividades fotográficas, científicas y deportivas que pueden afectar a las especies de fauna salvaje”, que diferencia entre especies poco sensibles, sensibles y muy sensibles (el listado se puede encontrar en el mismo Decreto).
Las autorizaciones son necesarias para las especies de las dos últimas categorías durante el respectivo periodo reproductor y, en algunos casos, durante la época de hibernación. En caso que en una zona coincidan especies de diferentes categorías, se necesitará permiso en las épocas descritas, aunque se quiera fotografiar una especie poco sensible.
Las solicitudes de las autorizaciones tienen que ser enviadas a la Direcció General de Medi Natural i Biodiversitat, que las derivará a los órganos competentes, encargados de aceptar o denegar las solicitudes.
Las autorizaciones tienen que especificar al máximo toda la información necesaria: definir la actividad, con qué especies, dónde, cuándo, cómo y cuál es la finalidad. Por ejemplo, si se usa un observatorio, hay que decir de qué tipo, cómo se montará, cuánto tiempo estará montado, cómo se atraerá a la especie, etcétera. También es importante decir cuántas personas participarán (con su información personal, como el DNI, el móvil y el correo) y cuál es su currículum.
Para terminar, una opción recomendable es hablar con los agentes rurales o los órganos gestores de la zona que se quiere visitar, ya que pueden ayudar a resolver todas las dudas que se puedan tener.
Información relacionada:
- Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad
- Llei de Protecció dels Animals
- Llei d’Espais Naturals
- Decreto que regula las actividades fotográficas, científicas y deportivas que pueden afectar a las especies de fauna salvaje
- Decret de regulació de l’accés motoritzat al medi natural
- Autorización para fotografiar, filmar y observar especies protegidas
- Actividades que se pueden llevar a cabo en los Parques Naturales
- Caso especial del observatorio del mulador de Boumort
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